Registro de Turismo
Decreto sobre el alquiler turístico de viviendas en Andalucía.
Desde el 12 de mayo 2016 es totalmente ilegal el alquiler de viviendas turístico vacacionales si la vivienda no está registrada en el Registro de Turismo de Andalucía.
En el caso de no haber registrado la vivienda en la Consejería de Turismo de Andalucía y que usted, como propietario, siga ejerciendo la actividad de alquiler, se considerará que está realizando una actividad clandestina. Esto puede conllevar sanciones y las multas correspondientes irán desde los 2 001 euros hasta los 18 000 euros.
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Para más información sobre los trámites se puede consultar la página Web: Registro de Turismo de Andalucía
Oferta de servicios:
Recuerdamos que desde nuestra agencia ServiTurismo-Carboneras ofrecemos a nuestros propietarios el servicio de realizar todos los trámites necesarios para la inscripción de su vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía… Si desea más información acerca de este servicio (requisitos y precio), póngase en contacto con nosotros.
También proporcionaremos un modelo de factura son sus datos y modelos de reservas y de contrato de arrendamiento.
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(Con una factura, son gastos que el propietario puede deducir de los ingresos de alquiler en la declaracion de renta en Hacienda)